Sin embargo, puede ocurrir que los $30.000 aún no hayan sido abonados por el empleador. Según informó el Ministerio de Trabajo, el plazo son 15 días hábiles, por lo cual si bien el plazo ya se cumplió, tienen esta semana para abonarlo.
Interés General | 20 sep 2023
Bono de $60.000: esta semana se vence el plazo para cobrarlo
Si el trabajador a quien le corresponde el bono por cobrar menos de $ 400.000 "en mano" no lo recibe en fecha, todavía hay una alternativa.

Por: /www.ambito.com
Esta semana es la última para cobrar la primera parte del bono de $60.000. El mes pasado, el Gobierno dispuso el pago de una suma fija para trabajadores en relación de dependencia con ingresos mensuales inferiores a $400.000 netos, el cual las empresas deben pagar en dos cuotas de $30.000 en los meses de septiembre y octubre.
Si el trabajador a quien le corresponde el bono por cobrar menos de $ 400.000 "en mano" no lo recibe en fecha, podrá hacer una denuncia anónima contra su empleador frente al Estado.
Así lo explicitó Olmos: "Tienen que hacer la denuncia, está vigente la capacidad de fiscalización del Estado a partir de la denuncia, que incluso puede ser anónima y que va a hacer que nosotros actuemos de inmediato", aseguró.
Para esto, los empleados que deseen realizar la denuncia deberán contactarse con un abogado para enviar una carta documento a su lugar de trabajo exigiendo el pago de los $ 60.000. Sino, la otra opción y mucho más sencilla es comunicarse con el Ministerio de Trabajo para reportar esta situación.
Bono de $60.000: cómo denunciarlo
Si el empleador no paga los 60 mil pesos, los trabajadores podrán denunciarlo:
- Por teléfono, al 0800-666-4100.
- O mandar un mail a [email protected].
Un inspector irá a la empresa y será inspeccionada. Si se confirma la evasión del pago, ingresará en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales, y será sancionada por no cumplir con el trabajo registrado.
La primera cuota del bono deberá pagarse antes del 15 de septiembre o dentro de las primeras tres semanas de ese mes. En el caso de que las empresas ya hayan hecho la liquidación, se pagará a través de un "recibo complementario".


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